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REGLAMENTO FAMILIA
Se aclara en los límites de calificación de los activos admisibles dentro de la política de inversión general de la Familia y de cada uno de los FIC que la conforman que aplicarán los equivalentes de calificación para los activos de corto plazo.
REGLAMENTO MODELO DE LOS CATS CERRADOS FUTUROS QUE HARÁN PARTE DE LA FAMILIA
Se dejan los espacios parametrizables a condiciones variables determinadas en el modelo de Reglamento de CATs futuros que conforman la Familia como son plazos, nombre del FIC, duraciones de las inversiones, porcentajes de rangos por activo, tipos de participaciones, comisiones de administración para estos tipos, porcentaje de comisión de éxito y benchmark de la misma. -
Vinculación y comisión de administración: Se deja parametrizable la cantidad de tipos de participación y sus comisiones de acuerdo con la siguiente tabla, en la cual se presentan éstos con sus diferentes rangos de activos bajo administración:
Tipo de participación | Clasificación | Descripción | Aplicación (marcar con X) | AUMs
(Valor en COP) | | | | Si No | Desde | Hasta | LETRA EN MAYÚSCULA (#)
LETRA EN MAYÚSCULA (#) | Tipo de inversionista Tipo de inversionista | Sociedades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia o los productos administrados por tales sociedades vinculadas por cualquier tipo de canal
Sociedades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia o los productos administrados por tales sociedades vinculadas por cualquier tipo de canal
| | | | LETRA EN MAYÚSCULA (#) | Tipo de inversionista | Inversionista profesional diferente de los mencionados en las participaciones anteriores, vinculado por cualquier tipo de canal
| | | | LETRA EN MAYÚSCULA (#)
LETRA EN MAYÚSCULA (#) | Tipo de inversionista Tipo de inversionista | Negocios fiduciarios administrados por la Sociedad Administradora
Persona natural o jurídica diferentes a los mencionados previamente, vinculada por canal presencial
| | | | LETRA EN MAYÚSCULA (#) | Canal de distribución | Cuenta ómnibus
| | | | LETRA EN MAYÚSCULA (#)
LETRA EN MAYÚSCULA (#)
| Canal de distribución
Canal de distribución | Canales no presenciales puestos a disposición por la Sociedad Administradora, para persona natural o jurídica deiferentes a las mencionadas en las participaciones anteriores.
Canales no presenciales puestos a disposición por distribuidores mencionados en los numerales 2 y 3 de la cláusula 9.1 del presente Reglamento para persona natural o jurídica diferentes a las mencionadas en las participaciones anteriores.
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