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Contenido
  
  
Primer tab 1
  • El tomador podrá revocar, total o parcialmente la póliza, sin costos en cualquier momento y obtener el valor de cesión o de rescate.
  • Las reservas se invierten de acuerdo con los criterios de seguridad, rentabilidad y liquidez determinados por la ley
  • Las pensiones niveladas se pagan en pesos constantes (no se incrementan con el IPC)
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Segundo tab 2

Inversiones:
Las inversiones de las reservas de las compañías de seguros se encuentran reglamentadas por ley, entre las inversiones admisibles se encuentran: Títulos emitidos y garantizados por la Nación, el Banco de la República o entidades financieras sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, Bonos, Carteras Colectivas, acciones y cuentas y depósitos en moneda extranjera. El Gobierno Nacional ha reglamentado los límites de inversión en estos instrumentos.

Gastos de Inicio:
Se cobran al momento de ingresar la prima inicial y las primas adicionales del seguro según el porcentaje especificado en la carátula de la póliza.

Gastos de Administración:
Se cobran mensualmente (último día hábil de cada mes) de acuerdo con los porcentajes establecidos en la carátula de la póliza. Estos gastos dependerán de los valores asegurados y el riesgo asumido.

Asegurador:
Skandia Seguros de Vida S.A: Cerca de 60 años en el mercado de seguros y más de 30 años en la administración del ramo de seguros de pensiones.

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tercer tab 3

Derechos del Tomador, Asegurado y Beneficiario

  • Podrá revocar en cualquier momento el seguro mediante aviso escrito a Skandia Seguros de Vida S.A.
  • En el evento de revocación total de la póliza, tendrá derecho a recibir el valor de cesión o de rescate, que corresponde al valor neto de la reserva matemática, más la participación de utilidades pendientes de pago, previo descuento de las retenciones tributarias a que haya lugar y de los costos de administración causados y no descontados.

Deberes del Tomador, Asegurado y Beneficiario
  • Para cualquier modificación de los Integrantes o de las coberturas aseguradas, será indispensable la solicitud escrita del tomador y el pago de la prima adicional correspondiente, si a ello hubiere lugar.
  • El tomador está obligado a pagar la prima determinada en la carátula de la póliza.
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