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Defensoría del Consumidor Financiero
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Defensoría del Consumidor Financiero​

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Como afiliado a Skandia cuentas con un Defensor del Consumidor Financiero, por medio de quien podrás canalizará tus peticiones, inquietudes, quejas o reclamaciones. Él será vocero de clientes y usuarios ante Skandia y se encargará de resolver en forma objetiva y gratuita las solicitudes, además de formular recomendaciones y propuestas ante Skandia.

 

Tu defensor del consumidor asignado es el Dr. Carlos Alfonso Cifuentes Neira y como Defensor Suplente se encuentra el Dr. César Alejandro Pérez Hamilton.

Dirección: Avenida 19 No 114-09 Oficina 502 en la ciudad de Bogotá

Correo electrónico: defensoriaskandia@outlook.com

Teléfono: 601​ 213 1322, Cel. 321 9240479

Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. jornada continua.
* Tiempos de respuesta de acuerdo con el Decreto 2555​ de 2010

 

Si Skandia recibe la queja o consulta 3 días hábiles para traslado al Defensor del Consumidor Financiero (DCF)
Admisión o inadmisión de la queja o consulta por parte del Defensor del Consumidor Financiero (DCF) 3 días hábiles
En caso de admisión, la DCF traslada el escrito de queja o consulta a la Entidad La Entidad cuenta con 8 días hábiles para dar respuesta a la DCF
Una vez recibida la respuesta de la Entidad, la DCF, de ser necesario, podrá solicitar información adicional a la Entidad o al Consumidor Financiero La DCF cuenta con 8 días hábiles para realizar la solicitud de información y la Entidad cuenta con el mismo término para dar respuesta
Análisis y respuesta por parte del DCF al Consumidor Financiero 8 días hábiles

 

Recuerda que las quejas y reclamaciones se presentarán a través de un escrito que deberá contener, entre otros, la siguiente información:

  • Nombre del interesado
  • Identificación
  • Domicilio
  • Descripción de los hechos y derechos que considere vulnerados

 

Las siguientes, son las funciones del Defensor del Consumidor Financiero:

  1. .Atender de manera oportuna y efectiva a los consumidores financieros de las entidades correspondientes.
  2. .Conocer y resolver en forma objetiva y gratuita para los consumidores, las quejas que estos le presenten, dentro de los términos y el procedimiento que se establezca para tal fin, relativas a un posible incumplimiento de la entidad vigilada de las normas legales, contractuales o procedimientos internos que rigen la ejecución de los servicios o productos que ofrecen o prestan, o respecto de la calidad de los mismos.
  3. .Actuar como conciliador entre los consumidores financieros y la respectiva entidad vigilada en los términos indicados en la Ley 640 de 2001, su reglamentación, o en las normas que la modifiquen o sustituyan. Para el efecto, el consumidor financiero y la entidad vigilada podrán poner el asunto en conocimiento del respectivo Defensor, indicando de manera explícita su deseo de que el caso sea atendido en desarrollo de la función de conciliación. Para el ejercicio de esta función, el Defensor deberá estar certificado como conciliador de conformidad con las normas vigentes.
    El documento en el cual conste la conciliación realizada entre la entidad vigilada y el consumidor financiero deberá estar suscrito por ellos y el Defensor del Consumidor Financiero en señal de que se realizó en su presencia, prestará mérito ejecutivo y tendrá efectos de cosa juzgada, sin que requiera depositarlo en Centro de Conciliación. El incumplimiento del mismo dará la facultad a la parte cumplida de hacerlo exigible por las vías legales respectivas.
  4. .Ser vocero de los consumidores financieros ante la respectiva entidad vigilada.
  5. .Efectuar recomendaciones a la entidad vigilada relacionadas con los servicios y la atención al consumidor financiero, y en general en materias enmarcadas en el ámbito de su actividad.
  6. .Proponer a las autoridades competentes las modificaciones normativas que resulten convenientes para la mejor protección de los derechos de los consumidores financieros.
  7. .Las demás que le asigne el Gobierno Nacional y que tengan como propósito el adecuado desarrollo del SAC.

 

A continuación encontrarás en detalle cómo presentar una petición, queja o reclamo ante el defensor del consumidor financiero, haciendo clic aquí.

El procedimiento completo de formulación de quejas y de respuesta de las mismas, se encuentra en el texto del

Reglamento del Defensor del Consumidor Financiero​​

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